¿Cuánto cobra un abogado laboral? Nuestro sistema de honorarios es claro: solo pagás si ganás
- Dr. Claudio Andrés Cáceres Mendilez

- 3 oct 2025
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 27 dic 2025

Muchas personas con reclamos laborales legítimos no inician ninguna gestión por miedo a tener que pagar abogados, trámites, audiencias o papeles. En JuicioLaboral.uy queremos que eso no sea un obstáculo. Por eso trabajamos bajo un sistema transparente de honorarios por resultado, conocido como cuota litis.
¿Querés saber cuánto cobramos y cuándo? Te lo explicamos punto por punto.
1. ¿Qué significa “cuota litis”?
La cuota litis es un sistema legal de honorarios que se calcula como un porcentaje del monto que efectivamente logremos cobrar para el trabajador.
Esto quiere decir que no pagás nada por adelantado, ni hay honorarios fijos. Solo cobramos si vos cobrás. Así de simple.
2. ¿Cuál es el porcentaje que cobramos?
En JuicioLaboral.uy, nuestros honorarios están fraccionados según la etapa en que se obtenga el resultado:
22 % del total recuperado, si conciliamos con la empresa antes de presentar la demanda judicial (ej. en audiencia de Ministerio de Trabajo).
33 % del total obtenido, si iniciamos la demanda judicial y ganamos en sede judicial, ya sea por sentencia o acuerdo posterior.
Estos porcentajes se calculan sobre el monto total que efectivamente reciba el trabajador, ya sea por transferencia, pago judicial, acuerdo homologado o entrega directa.
3. ¿Y si no gano nada?
No cobramos nada.
Si el reclamo no prospera porque el juicio se pierde o si no se obtiene resultado económico alguno, el trabajador no tiene obligación de pagar nuestros honorarios. Este principio se aplica también si, luego de la instancia de conciliación ante el MTSS, el estudio decide desistir del reclamo por no encontrar pruebas suficientes para iniciar un juicio laboral.
4. ¿Existe algún caso en que deba pagar aunque no gane?
Sí, pero es excepcional.
Si luego de que comenzamos a trabajar —estudiamos el caso, redactamos los documentos, enviamos comunicaciones o iniciamos gestiones formales ante el Ministerio de Trabajo— el trabajador decide abandonar el caso por voluntad propia, sin causa justificada, deberá abonar un honorario por tareas realizadas, equivalente a 15 Unidades Reajustables más IVA.
Esto cubre el tiempo profesional invertido, y no se aplica si el caso se desestima por decisión técnica del estudio o si no se logró avanzar por razones ajenas al trabajador.
5. ¿Debo pagar algo por adelantado?
No hay adelanto de honorarios.
Pero sí solicitamos que el trabajador colabore con algunos gastos menores y puntuales que se generan en el trámite:
Boleto urbano o interdepartamental (en caso de citaciones).
Envío de documentos por encomienda o correo (cuando aplique).
Pen drive para guardar documentación digital del caso (si se entrega en copia).
Todo lo demás —trabajo legal, redacción, papelería, impresiones, uso de tonner, seguimiento del expediente y trámites electrónicos o presenciales— está cubierto por el estudio.
6. ¿Por qué este sistema es más justo?
Porque pone al estudio y al trabajador en el mismo equipo: ambos tienen interés en ganar. Además:
No necesitás dinero para empezar.
No te endeudás por reclamar lo que te corresponde.
Te asegurás representación profesional desde el primer momento.
Y sabés que el abogado va a esforzarse al máximo: su ingreso depende directamente de que vos cobres.
7. ¿Cuándo se pagan los honorarios?
Solo cuando el trabajador cobra efectivamente. Nunca antes.
Si hay conciliación, se descuentan automáticamente del monto total recibido, enviándose el monto líquido al trabajador.
Si hay juicio, el porcentaje se cobra al momento de efectivizar el resultado (sentencia favorable, pago, acuerdo homologado, etc.).
Conclusión
En JuicioLaboral.uy no pedimos dinero por adelantado ni cobramos por consultas. Solo ganamos si vos ganás. Trabajamos con compromiso, estrategia y transparencia para que puedas reclamar lo que te corresponde, sin miedo a los costos legales.
Reclamá ahora con nuestros abogados laborales en Montevideo, Uruguay.
Honorarios: 22 % si conciliamos — 33 % si ganamos en juicio.
Solo pagás si cobrás.


