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2. Obligaciones del empleador

- En este capítulo te contamos cuáles son las principales obligaciones que la ley impone al empleador.


- Vas a entender qué debe cumplir la empresa y qué hacer si incumple sus deberes, te trata mal o desconoce tus derechos laborales.


- Si querés ampliar la información, podés volver al índice o consultarnos para iniciar tu reclamo laboral.

2.1 Obligaciones básicas

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2.2 Seguridad y prevención

2.3 Empresas corresponsables

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En toda relación laboral, el empleador asume deberes legales que no dependen de un contrato escrito ni pueden ser “renunciados” por el trabajador. La ley uruguaya impone obligaciones mínimas para proteger al trabajador en su posición más débil. Si no se cumplen, podés reclamar diferencias salariales, regularización o incluso la indemnización completa por despido indirecto.

 

1. Respetar las condiciones pactadas

Aunque no hayas firmado contrato, la relación laboral se presume desde que empezás a trabajar. El empleador debe respetar lo acordado verbalmente o deducido de la práctica.

Situaciones comunes:

  • Te prometieron determinado salario o categoría y no lo cumplen.

  • Cambian tus horarios, lugar o tareas sin consulta ni compensación.

  • Exigen funciones por encima de lo contratado, sin ajuste.

Si se altera lo pactado sin tu consentimiento, hay incumplimiento contractual.

 

2. Pagar correctamente y en plazo

El salario debe abonarse íntegro, en fecha y con recibo, incluyendo todos los rubros (horas extras, viáticos, presentismo) y con aportes al día.

Obligaciones mínimas:

  • Pagar a mes vencido (salvo excepción legal o convenida).

  • Entregar recibos detallados con salario nominal, descuentos y líquido.

  • Realizar aportes al BPS y al seguro de accidentes (BSE) desde el primer día.

Si se paga “en mano” sin recibo o con valores inferiores, podés reclamar diferencias, multas e intereses.

 

3. Cumplir con la jornada legal

El empleador no puede imponer jornadas superiores a las legales sin recargo ni modificar turnos de forma arbitraria.

Límites legales:

  • Hasta 8 horas diarias y 44 o 48 semanales, según el sector (industria y servicios, o comercio, respectivamente).

  • Cambios de turno o lugar deben ser razonables y no afectar tu salario.

  • Las horas extras deben figurar en recibo y pagarse con recargo del 100 %.

Trabajar más sin reconocimiento genera derecho a reclamo económico.

 

4. Asignar correctamente tu categoría

Si hacés tareas de mayor responsabilidad que las reconocidas en tu registro y tenés testigos, tenés derecho a reclamar la categoría y salario correspondientes.

Ejemplos frecuentes:

  • Te registran como auxiliar pero actuás como encargado.

  • Te ubican en grupo o subgrupo de laudo inferior.

  • Cambian tus funciones sin readecuar categoría ni salario.

Esto genera diferencias salariales que inciden en aguinaldo, indemnización y licencias.

 

5. Garantizar trato digno y condiciones adecuadas

El empleador debe respetar tu integridad física, psíquica y tu dignidad personal, sin agresiones ni presiones indebidas.

 

Obligaciones vinculadas al trato y ambiente:

  • No discriminar, humillar ni amenazar.

  • No inducirte a firmar renuncias ni acuerdos desfavorables.

  • No exponerte a riesgos sin protección (física o emocional).

Estas situaciones pueden justificar un despido indirecto con indemnización.

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¿Qué hacer si el empleador incumple?

  • Reuní prueba: recibos, mensajes, testigos, historia BPS.

  • No firmes nada sin asesorarte.

  • Consultanos: te decimos si podés reclamar y qué te corresponde.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Analizamos tu caso sin costo.

  • Armamos el reclamo con base legal y técnica.

  • Te representamos en conciliación o juicio.

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Muchos incumplimientos laborales no se notan de inmediato. Aparecen de a poco: pagos atrasados, tareas que no coinciden con tu categoría, horas extra sin pagar, aportes que no figuran en BPS. Si algo no cierra, es momento de actuar con criterio y respaldo.

Esta guía te explica cómo proceder si estás frente a una situación irregular.

 

1. No firmes nada sin entender qué implica

Recibos, cartas de renuncia o liquidaciones firmadas sin asesoramiento pueden perjudicarte.
Aunque digan que “es solo un trámite”, evitá firmar sin consultar. Un papel mal firmado puede bloquear después un reclamo por despido, licencias o diferencias salariales.

 

2. Reuní prueba cuanto antes

No necesitás contrato escrito para reclamar. Lo que vale es lo que podés probar.
Documentá tu caso con:

  • Chats donde te den tareas o hablen de pagos.

  • Recibos parciales o transferencias bancarias.

  • Historia laboral BPS (podés bajarla online).

  • Nombres de testigos que conozcan tu situación.

 

3. Consultá si tu caso justifica un reclamo

No todos los incumplimientos tienen el mismo peso legal o económico.
Un análisis técnico puede mostrarte si realmente te deben algo y cuánto.

Posibles rubros reclamables:

  • Diferencias por categoría o laudo.

  • Indemnización por despido.

  • Aguinaldo, licencias y horas extra.

  • Aportes omitidos.

 

4. No renuncies sin asesorarte

Es normal que sientas frustración, pero una renuncia mal planteada puede hacerte perder el derecho a cobrar indemnización.
En algunos casos, lo correcto no es renunciar, sino plantear un despido indirecto: una figura legal que te permite retirarte con indemnización si el empleador incumple gravemente.

 

¿Y si decidís reclamar?

  • Se empieza con una audiencia de conciliación en el MTSS.

  • Si no hay acuerdo, se puede iniciar juicio laboral.

  • Con prueba firme y estrategia legal, la diferencia es enorme.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Evaluamos tu caso sin costo.

  • Reunimos la prueba y proyectamos tu reclamo.

  • Te representamos en conciliación o juicio.

Con prueba y asesoramiento, el incumplimiento se transforma en derecho a cobrar.

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2.1 – b) Qué hacer ante incumplimientos

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Cuando hay pagos atrasados, horas extras impagas, cambios arbitrarios o falta de aportes, es lógico querer actuar rápido. Pero algunos errores frecuentes pueden debilitar tu reclamo o hacerte perder derechos valiosos.

Acá te mostramos qué no hacer y cómo proceder con estrategia.

 

1. Reclamar sin pruebas claras

Tu palabra sola no alcanza. La prueba es la base de todo reclamo laboral.

Qué hacer:

  • Guardá recibos, chats, mensajes con órdenes, transferencias bancarias.

  • Anotá datos de compañeros que puedan declarar.

  • Reuní y organizá todo desde el primer momento.

Con indicios sólidos, la ley juega a tu favor.

 

2. Firmar sin asesorarte

Liquidaciones, cartas de renuncia o acuerdos “rápidos” pueden incluir renuncias encubiertas.

Qué hacer:

  • No firmes nada sin leerlo bien.

  • Consultá antes de aceptar condiciones que limitan tu derecho a reclamar.

  • Un finiquito mal firmado puede hacerte perder aguinaldo, horas extras o indemnización.

 

3. Renunciar sin evaluar el despido indirecto

Renunciar por frustración puede ser un error. Si hay incumplimientos graves, podés retirarte con indemnización, usando la figura del despido indirecto.

Qué hacer:

  • Consultá antes de presentar renuncia.

  • Si probás atrasos salariales, maltrato o incumplimientos, podés exigir indemnización como si hubieras sido despedido.

 

4. Dejar pasar los plazos

En la mayoría de los casos, el plazo para reclamar es de un año desde el hecho o la desvinculación.

 

Qué hacer:

  • No esperes a “ver qué pasa”.

  • Una consulta a tiempo te permite preservar derechos y actuar antes de que prescriba el reclamo.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Evaluamos tu caso sin costo.

  • Reunimos tu prueba y diseñamos la estrategia.

  • Te representamos en conciliación o juicio.

 

Actuar sin errores puede ser la diferencia entre cobrar o perder todo.

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2.1 – c) Errores que debés evitar

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La empresa no solo debe pagarte y respetar tus horarios. También está legalmente obligada a garantizar un ambiente de trabajo digno, sin maltratos, presiones abusivas ni situaciones que afecten tu salud física o emocional.

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Cuando el trato desborda lo razonable y se repite, puede configurar acoso, violencia laboral o incumplimiento grave. Y eso te habilita a reclamar.

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¿Qué situaciones pueden ser acoso o violencia laboral?

No hace falta que haya gritos constantes o agresión física. A veces, las formas sutiles pero sistemáticas de presión u hostigamiento también vulneran tus derechos.

Señales frecuentes:

  • Trato despectivo, humillaciones o burlas en público.

  • Gritos, amenazas o presión para cumplir metas imposibles.

  • Cambios de tareas o horarios usados como castigo.

  • Aislamiento, desprecio o exclusión sistemática.

  • Exposición a condiciones de trabajo inseguras o insalubres.

Estas situaciones no deben naturalizarse. La ley protege tu integridad y tu dignidad como trabajador.

 

¿Qué podés hacer si te pasa?

 

1. Reuní prueba desde el primer momento

  • Guardá mensajes, audios, correos o registros donde se refleje el trato.

  • Anotá fechas, testigos o circunstancias.

  • Si hay riesgo físico, tomá fotos del entorno o herramientas sin protección.

 

2. Consultá antes de actuar

No renuncies ni confrontes sin respaldo. Podés tener base para:

  • Iniciar una conciliación.

  • Reclamar indemnización por despido indirecto.

  • Exigir compensación por daño moral.

Un análisis legal permite elegir el camino más efectivo.

 

3. No descartes tu caso si no tenés contrato

Si trabajás sin papeles, igual podés reclamar. Lo que vale es la prueba del vínculo y el trato recibido.

 

¿Qué podés reclamar?

Con prueba suficiente y empleador solvente, podés exigir:

  • Indemnización completa por despido indirecto.

  • Compensación por daño moral.

  • Diferencias por licencias, horas extra o categoría mal reconocida.

Cada caso se analiza individualmente, pero si cumpliste durante años y terminás expuesto a maltrato, no estás obligado a tolerarlo ni irte sin cobrar.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Atendemos casos como estos.

  • Analizamos tu situación sin costo.

  • Armamos el reclamo completo si hay base jurídica y pruebas sólidas.

 

No todo se aguanta porque “siempre fue así”. Si te maltratan, podés reclamar lo que te corresponde.

 

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2.2 – a) Ambiente laboral sin maltrato

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2.2 – b) Accidente o enfermedad laboral

Si sufriste una lesión mientras cumplías tareas para tu empleador, o desarrollaste una dolencia por el esfuerzo o las condiciones del trabajo, la ley te reconoce como víctima de accidente laboral o enfermedad profesional.

 

Estos casos están cubiertos por el Banco de Seguros del Estado (BSE), pero también pueden dar lugar a reclamos adicionales si hubo culpa grave de la empresa. Con asesoramiento legal y prueba organizada, podés cobrar lo que te corresponde.

 

¿Qué se considera accidente o enfermedad laboral?

  • Accidente laboral: toda lesión ocurrida mientras trabajás o actuás en interés de la empresa (aunque no sea tu tarea habitual).

  • Enfermedad profesional: dolencias físicas o psíquicas provocadas por el trabajo repetitivo, el esfuerzo, la exposición a químicos, ruido, carga mental o condiciones insalubres.

Ambos casos están contemplados por el Decreto 167/81 y la Ley 16.074.

 

¿Qué hacer si te pasa?

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  1. Avisá de inmediato al empleador.

    • Por mensaje, correo o presencialmente.

    • Lo ideal: dejar constancia escrita del aviso.

  2. Consultá al Banco de Seguros del Estado (BSE).

    • Aunque no estés registrado, el BSE debe atenderte.

    • Después, podrá sancionar a la empresa, pero vos igual tenés cobertura.

  3. Reuní pruebas útiles para reclamar:

    • Fotos del lugar del accidente.

    • Certificados médicos y diagnósticos.

    • Chats donde informes lo ocurrido.

    • Nombres de testigos.

 

¿Qué derechos tenés?

  • Atención médica gratuita integral.

  • Subsidio por incapacidad temporaria: cobrás 2/3 de tu salario desde el 4.º día.

  • Indemnización por incapacidad permanente: pago único o renta mensual según el grado de secuela.

  • Estabilidad laboral: si te dan el alta, no pueden despedirte por 180 días, salvo causa grave.

 

¿Y si la empresa fue negligente?

Si hubo falta de medidas de seguridad, máquinas sin protección, trabajo en altura sin equipo, productos tóxicos sin advertencia, etc., la empresa puede ser condenada a pagar una indemnización por culpa grave.

Algunas sentencias llegan a triplicar el valor de la indemnización común, según el daño sufrido.

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En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Analizamos tu caso sin costo.

  • Evaluamos si podés reclamar más allá del BSE.

  • Preparamos tu reclamo completo: pruebas, testigos y cálculo técnico.

Un accidente laboral no es solo un problema médico: puede ser un reclamo con respaldo legal y compensación real.

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2.2 – c) Enfermedad común: tus derechos

Cuando te enfermás por una causa ajena al trabajo —una gripe fuerte, una cirugía o una dolencia prolongada— y estás certificado por tu prestador, la ley te protege frente a un posible despido o presión para irte.

Este régimen especial está previsto en el Decreto Ley 14.407, y garantiza subsidio, estabilidad laboral y reintegro en las mismas condiciones.

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¿Qué derechos tenés si estás certificado por enfermedad común?

  • Subsidio por enfermedad: el BPS paga el 70 % de tu salario desde el 4.º día.

  • Licencia médica justificada: tu certificado tiene plena validez legal.

  • Estabilidad laboral: mientras estés certificado correctamente, no pueden despedirte ni suspenderte.

  • Si te despiden igual, puede corresponderte el doble de indemnización.

 

¿Qué pasa cuando te dan el alta?

  • El empleador debe reintegrarte a tu puesto habitual, con las mismas tareas, horario y salario.

  • No puede despedirte durante los 30 días siguientes a tu reincorporación.

  • Si lo hace sin causa grave, debe pagar una indemnización especial: el doble del despido común.

Este derecho solo rige si cumpliste con la certificación médica y tramitaste correctamente ante el BPS.

 

Qué hacer si estás en esta situación

  • Guardá certificados médicos, constancias del BPS y órdenes del prestador.

  • Reuní mensajes, audios, correos o testigos que prueben presión o negativa de reintegro.

  • No firmes una renuncia o baja voluntaria sin asesorarte.

  • Consultanos: evaluamos si tu caso califica para indemnización especial o reclamo ampliado.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Evaluamos tu caso sin costo.

  • Calculamos cuánto podés reclamar.

  • Preparamos tu reclamo con estrategia legal y prueba sólida.

 

Si te certificaste y aun así te presionaron o te echaron, podés defender tus derechos.

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2.3 – a) Quién fue tu empleador real

En muchos trabajos, la empresa que figura en el recibo no es la que te dirigía en la práctica. Esto ocurre en obras, logística, limpieza, seguridad o depósitos, donde una empresa te contrata “en papel”, pero otra te organiza, controla y supervisa día a día.

 

En derecho laboral lo que importa no es el papel, sino quién ejercía el poder de dirección. A eso se le llama “personería del empleador”: la empresa que actúa como tal, responde como tal.

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¿Cuándo una empresa puede ser responsable, aunque no figure en tu contrato?

  • Si trabajabas en sus instalaciones.

  • Si usabas uniforme, correo o herramientas de esa empresa.

  • Si tus órdenes venían de ahí, aunque te pagara otra.

  • Si reportabas a supervisores internos de esa firma.

Incluso si otra empresa figura en tus recibos, podés reclamar contra quien te dirigía en los hechos. Y si ambas compartían funciones, pueden ser solidariamente responsables: responden juntas por lo adeudado.

 

¿Qué podés reclamar si probás que fue tu empleador real?

  • Sueldos impagos, horas extra o feriados trabajados.

  • Diferencias de laudo, aguinaldo, licencias, salario vacacional.

  • Aportes omitidos al BPS o al BSE.

  • Indemnización por despido, si el vínculo se rompió.

Si la empresa “en papel” no tiene fondos o desapareció, la empresa que realmente te dirigía puede ser condenada a pagar.

 

¿Qué pruebas sirven?

  • Capturas de mensajes o correos con jefes o encargados de la empresa real.

  • Fotos de uniforme, ingreso, maquinaria o herramientas.

  • Testigos que confirmen a quién reportabas.

  • Planillas de horarios o sistemas internos donde figurabas.

Con buena prueba, la ley prioriza los hechos sobre la forma.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Analizamos sin costo quién fue tu empleador real.

  • Calculamos cuánto pueden adeudarte.

  • Iniciamos el reclamo contra la empresa que ejerció el poder de dirección.

 

Si una empresa usó tu trabajo y tomó decisiones sobre vos, también puede ser responsable.

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2.3 – b) Tercerización e intermediación

En rubros como construcción, limpieza, seguridad o logística es común que te pague una empresa, pero trabajes para otra. A esto se le llama tercerización, y si hay incumplimientos, la empresa principal también puede ser responsable, aunque no figure en tu recibo.

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La ley uruguaya lo permite cuando esa empresa se benefició directamente de tu trabajo o ejerció funciones típicas de empleador.

 

¿Qué es la tercerización?

Es cuando una empresa encarga a otra que le provea personal. Ejemplos típicos:

  • Trabajás en una planta industrial con uniforme del lugar, pero el recibo es de “Servicios Logísticos SRL”.

  • Hacés vigilancia en un edificio, pero tu contrato es con una tercerizada.

  • Estás en obra, pero figurás como personal de una contratista menor.

En esos casos, puede haber corresponsabilidad laboral.

 

¿Cuándo podés reclamarle a la empresa principal?

  • Si realizás tareas esenciales dentro de su actividad.

  • Si trabajás en sus instalaciones de forma estable.

  • Si recibís órdenes directas de encargados de esa empresa.

  • Si tu jornada, tareas o controles son organizados por ellos.

No importa que el recibo lo firme otro: si en los hechos actuaron como empleadores, pueden ser condenados a pagar.

 

¿Qué podés reclamar?

  • Diferencias salariales por mala categoría o laudo equivocado.

  • Aguinaldo, salario vacacional, horas extra, feriados, licencias.

  • Indemnización por despido.

  • Aportes omitidos al BPS y al BSE.

Podés elegir reclamar contra una sola empresa o contra ambas. Son solidariamente responsables: responde la que tenga solvencia.

 

¿Qué pruebas sirven?

  • Fotos tuyas con logo, uniforme o trabajando en el lugar.

  • Mensajes o correos con jefes que no figuran como tus empleadores formales.

  • Testigos que vean tu rutina diaria en el lugar.

  • Planillas internas, sistemas o instrucciones que te incluyan.

Con prueba clara, la justicia laboral reconoce la responsabilidad real de quien se benefició con tu trabajo.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Identificamos sin costo quién debe responder.

  • Calculamos lo que podés reclamar.

  • Armamos el reclamo completo y lo presentamos con respaldo técnico.

 

Si trabajaste todos los días para una empresa, aunque no figure como tu empleadora, puede tener que pagarte.

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2.3 – c) Responsabilidad de la empresa principal

En muchos casos de tercerización o contratos de obra, una empresa figura como tu empleadora, pero otra te controla, te da órdenes y se beneficia de tu trabajo. Cuando eso ocurre, la ley permite que reclames directamente contra la empresa principal, incluso si no te contrató formalmente.

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Esto es común en construcción, limpieza, seguridad y logística, pero puede aplicarse en cualquier sector.

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¿Cómo saber si la empresa principal es responsable?

Hacete estas preguntas:

  • ¿Trabajabas todos los días en su planta, local, obra o depósito?

  • ¿Usabas uniforme, herramientas o correo institucional de esa empresa?

  • ¿Te daban órdenes jefes o supervisores que no eran de tu empleador formal?

  • ¿La tarea que hacías era parte de la actividad habitual de esa empresa?

Si respondés sí, la empresa principal puede tener que pagar, aunque no figure en tu recibo.

 

¿Cuándo se aplica esta corresponsabilidad?

  • Cuando hay intermediación abusiva para evitar aportes, licencias o indemnización.

  • Cuando la contratista cierra, no paga o no tiene bienes para responder.

  • Cuando compartían el control sobre tu tarea o jornada.

En esos casos, ambas empresas pueden ser responsables solidarias, y vos podés elegir contra cuál reclamar —o reclamar a las dos— según quién tenga solvencia.

 

¿Qué podés reclamar?

  • Sueldo, aguinaldo, horas extra y salario vacacional.

  • Aportes omitidos al BPS o BSE.

  • Indemnización por despido si el vínculo se terminó.

  • Multa, reajustes e intereses legales.

Con prueba clara, la justicia laboral prioriza los hechos por sobre los papeles.

 

¿Qué pruebas sirven?

  • Chats o correos con supervisores de la empresa principal.

  • Fotos en el lugar de trabajo, con uniforme o herramientas.

  • Testigos que confirmen a quién reportabas cada día.

  • Planillas, sistemas o controles internos donde aparezcas.

 

En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:

  • Analizamos tu caso sin costo.

  • Identificamos si hay base para reclamarle a la empresa principal.

  • Preparamos el reclamo completo, con respaldo técnico y estrategia legal.

 

Si cumplías órdenes todos los días en esa empresa, aunque no te pagara, también puede deberte.​

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Formulario
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