6. Iniciar tu reclamo
En este capítulo te explicamos cómo iniciar un reclamo laboral y qué pasos debés seguir para hacer valer tus derechos.
Vas a conocer cuándo consultar a un abogado laboral, cómo reunir las pruebas y qué alternativas tenés antes de ir a juicio.
Si querés ampliar la información, podés volver al índice o consultarnos para iniciar tu reclamo laboral.
6.1 Consulta legal inmediata
6.2 Conciliación en el MTSS
6.3 Preparar el juicio
Si te despidieron, te deben horas extras, licencias, aguinaldo, o sabés que tu sueldo no coincide con tu categoría, no esperes más. En materia laboral, el tiempo corre en tu contra: los créditos prescriben, las pruebas se pierden y muchas veces firmás papeles sin saber que te están liquidando mal.
La consulta con un abogado laboral especializado es muy importante, te permite saber si vale la pena reclamar, cuánto podrías recuperar y cómo actuar estratégicamente.
¿Por qué es clave consultar cuanto antes?
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La mayoría de los reclamos laborales prescribe al año. Si te dormís, perdés el derecho.
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Podés estar perdiendo mucho dinero sin saberlo. Diferencias salariales, multas, indemnizaciones mal calculadas o suprimidas.
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El empleador juega con tu desconocimiento. Firmás la baja, cobrás algo “a cuenta” y luego no podés reclamar.
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Con una revisión rápida, podés saber si tenés un caso firme y cuánto podrías cobrar.
No necesitás tener todo en regla: con tu historia laboral, algunos recibos y lo que recordás de tus tareas ya podemos empezar.
¿Qué datos necesitamos para evaluar tu caso?
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Fecha de ingreso y egreso.
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Tareas reales, categoría y salario que cobrabas.
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Pruebas disponibles: recibos, chats, testigos, transferencias.
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Qué reclamo querés hacer: despido, diferencias, horas extra, enfermedad, etc.
Con eso armamos una estimación inicial y te explicamos cuáles son tus chances reales y por dónde conviene empezar.
¿Y si todavía no te echaron?
Podés consultar igual. Muchos casos de despido indirecto o fraude laboral se detectan antes de que termine la relación, y eso te da ventaja estratégica. Incluso podés evitar firmar una renuncia que después te deje sin nada.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Analizamos tu situación sin costo.
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Te respondemos rápido y en lenguaje claro.
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Calculamos tu liquidación, organizamos las pruebas y armamos el reclamo completo.
Sos trabajador subordinado. Si tenés antigüedad, pruebas claras y decisión de actuar, hoy puede ser el primer paso para recuperar lo que es tuyo.
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Plazo para reclamar: tus derechos laborales vencen al año si no actuás a tiempo. En Uruguay, la gran mayoría de los créditos laborales prescriben al año de haber finalizado la relación laboral. Esto significa que si no reclamás dentro de ese plazo, perdés el derecho a iniciar acciones judiciales o administrativas para recuperar lo que te deben.
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Esta norma está establecida en el artículo 1 de la Ley N.º 18.091, la ley no extingue el derecho en sí, sino la acción para hacerlo valer, transformándolo en una obligación que el empleador ya no está obligado a pagar.
¿Desde cuándo corre el plazo?
El año comienza a contarse desde el día siguiente al cese de la relación laboral, ya sea por despido, renuncia o fin de contrato. Por ejemplo, si dejaste de trabajar el 30 de abril, tenés hasta el 30 de abril del año siguiente para iniciar el reclamo.
Pasado ese plazo, aunque tengas razón y pruebas, el juez no podrá condenar al empleador si este opone la prescripción.
¿Cómo se interrumpe el plazo?
La Ley 18.091 permite interrumpir el plazo de prescripción, por única vez, de forma relativamente sencilla:
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Con la solicitud de audiencia ante el MTSS (la más habitual).
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Con la interposición de la demanda judicial.
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Con cualquier gestión judicial preparatoria o protectoria del cobro.
Desde ese momento, empieza a correr un nuevo plazo completo, de un año, a partir del día siguiente a la presentación.
No interrumpen la prescripción:
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Consultas o asesoramientos sin gestión formal.
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Acuerdos voluntarios..
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Denuncias ante la Inspección General del Trabajo.
¿Y si solo reclamo parte de lo que me deben?
Cada rubro (por ejemplo, salario, despido, horas extra) prescribe por separado. Si reclamás solo la indemnización y te olvidás de la licencia o los viáticos, ese rubro no reclamado puede prescribir.
¿Qué podés perder si dejás pasar el año?
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Indemnización por despido.
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Salarios atrasados.
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Horas extra, recargos, nocturnidad.
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Licencias no gozadas, aguinaldo, salario vacacional.
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Multas legales, daños y perjuicios, diferencias de categoría.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Verificamos si estás dentro del plazo legal.
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Presentamos tu reclamo para interrumpir la prescripción a tiempo.
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Calculamos tu liquidación completa, incluso si ya pasaron varios meses del cese.
La ley te protege, pero el tiempo corre. No dejes pasar tu derecho.
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6.1 – b) Plazo para reclamar: prescripción
Para poder calcular con precisión lo que te corresponde y preparar un reclamo laboral sólido —ya sea por despido, diferencias salariales, horas extras o aportes impagos— necesitamos que nos brindes ciertos datos básicos y las pruebas que tengas a mano. No hace falta que traigas todo perfecto: con lo que tengas ya podemos empezar.
Cuanto más ordenada esté la información, más rápido podemos asesorarte, calcular tu liquidación y presentar el reclamo en plazo.
Datos personales y laborales clave
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Tu nombre completo, cédula y medio de contacto.
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Nombre de la empresa o empleador.
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Fecha de ingreso (real, no solo la registrada en BPS).
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Fecha de egreso o último día trabajado.
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Motivo del cese: despido, renuncia, retiro por enfermedad, despido indirecto, etc.
Detalles sobre tu vínculo laboral
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Tareas reales que realizabas.
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Categoría o cargo que te asignaban (y si era diferente de las tareas).
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Horario habitual, modalidad (presencial, turnos, rotación, descanso semanal).
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Si estabas registrado correctamente o “en negro”.
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Forma de pago: mensual, por hora, en efectivo, por transferencia, con recibo o sin él.
Documentación útil
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Recibos de sueldo o constancias de pago.
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Transferencias bancarias, resúmenes de cuenta.
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Historia laboral del BPS (descargable en su web).
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Capturas de pantalla (WhatsApp, mensajes, mails) que confirmen tareas, pagos, horarios, trato.
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Contrato de trabajo (si lo hay), cartas, notas o notificaciones.
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Certificados médicos si estuviste enfermo o accidentado.
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Carta de despido o documentos firmados al momento del cese.
¿Y si no tenés recibos?
No pasa nada. Podés reclamar igual. En Uruguay, el Derecho del Trabajo admite prueba flexible: basta que tengas indicios razonables y testigos que puedan confirmar lo que decís. Si el empleador no llevó registros o no te dio recibos, eso juega en su contra.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Revisamos tu información sin costo.
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Te guiamos para reunir y ordenar las pruebas.
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Armamos tu reclamo completo con base técnica y jurídica.
Con tus datos, tus recuerdos y algunas pruebas, podemos reclamar lo que te deben.
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6.1 – c) Qué datos y pruebas necesitamos
Si te despidieron, renunciaste o estás por irte del trabajo, es fundamental que sepas cuánto deberían pagarte. Muchos trabajadores aceptan una liquidación incompleta, mal calculada o presentada de forma confusa, y después descubren que dejaron pasar montos importantes que podían haber reclamado.
En JuicioLaboral.uy, te damos la posibilidad de enviar tus datos y recibir una revisión profesional, con respaldo legal y sin costo, comenzando tu reclamo inmediatamente si es viable.
¿Por qué es clave revisar tu liquidación?
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Porque el empleador puede haber omitido rubros clave: licencias, nocturnidad, diferencias de categoría, horas extras, recargos, multas.
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Porque la base de cálculo puede estar mal: si te pagaban “por fuera” o te tenían en categoría inferior, la indemnización también puede estar mal hecha.
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Porque una liquidación firmada no siempre es válida si hubo presión, engaño o desconocimiento.
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Porque si aún no te despidieron, podés saber con anticipación lo que te correspondería, y actuar estratégicamente.
¿Cómo funciona?
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Completás nuestro formulario de liquidación (haciendo clic al final de este artículo).
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Nos mandás los datos básicos: ingreso, egreso, sueldo, tareas, cómo cobrabas, etc.
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Revisamos tu caso en menos de 24 h y te decimos si la liquidación está correcta o si hay montos para reclamar.
¿Qué revisamos?
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Indemnización tarifada por despido común.
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Horas extra y descansos impagos, si corresponde.
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Licencias no gozadas y salario vacacional.
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Aguinaldo proporcional.
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Multa por mora (10 %), si no se pagó en plazo.
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Reajustes, intereses, diferencias salariales o pagos no registrados.
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Casos especiales: enfermedad, embarazo, acoso, accidente, despido indirecto.
Además, si detectamos base para un reclamo mayor, te ofrecemos iniciarlo con nosotros, sin adelantar dinero y con respaldo completo.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Analizamos tu liquidación sin costo.
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Detectamos errores o montos omitidos.
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Calculamos con precisión lo que deberías cobrar en cada rubro.
Una mala liquidación te puede hacer perder mucho. Una buena revisión, nada.
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6.1 – d) Calculamos tu liquidación
Cuando un empleador no paga en plazo, liquida mal o incumple con sus obligaciones salariales al finalizar la relación laboral, la normativa uruguaya establece una serie de accesorios legales automáticos, que deben sumarse a los rubros principales del reclamo. Estos conceptos —aunque muchas veces pasan desapercibidos— pueden aumentar significativamente el monto final que te corresponde cobrar.
Multa del 10 % (Ley 18.572, art. 29)
Si el empleador no te pagó dentro de los 10 días corridos desde el cese, debe abonar una multa equivalente al 10 % del total de los créditos laborales exigibles.
Se trata de una sanción de carácter objetivo, que opera de pleno derecho: no depende de la voluntad del juez ni exige prueba de daño. Su función es disuadir la mora patronal y garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones.
Reajuste por variación del IPC (Decreto-Ley 14.500)
Todo crédito laboral impago en juicio debe actualizarse por la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC), desde la fecha de exigibilidad hasta el cobro.
Este reajuste no requiere solicitud expresa, ya que está previsto por ley y debe aplicarse automáticamente cuando hay sentencia o conciliación con base en montos vencidos. Se calcula comparando el IPC del mes en que se generó la deuda con el del mes anterior al pago efectivo.
Intereses legales (Decreto-Ley 14.500, art. 4)
A lo adeudado también deben sumarse los intereses moratorios legales, calculados sobre el monto actualizado por IPC. Estos intereses son acumulativos con el reajuste y la multa, y se devengan desde la fecha en que debió pagarse cada rubro, incluso si la demanda se presenta meses después.
Daños y perjuicios preceptivos (Ley 10.449, art. 4)
Cuando el empleador no paga salarios mínimos u otros créditos salariales establecidos en los Consejos de Salario, el juez puede —y debe— imponer el pago de una suma adicional en concepto de daño emergente del incumplimiento.
Esta indemnización preceptiva no requiere probar un perjuicio concreto (“in re ipsa”) y se estima entre un 10 % y un 50 % del total de los salarios debidos, dependiendo de factores como:
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cantidad de familiares a cargo,
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duración del incumplimiento,
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diferencia entre lo pagado y lo que debió pagarse,
No aplica sobre las indemnizaciones por despido u otros rubros no salariales.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Revisamos si en tu caso corresponde aplicar estos accesorios.
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Calculamos el reajuste, intereses y multa con criterios legales actualizados.
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Armamos tu reclamo completo, incluyendo daños preceptivos si corresponde.
No es solo lo que te deben: es también lo que la ley ordena agregar como castigo si incumplieron.
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6.1 – e) Multa, daños, intereses y reajustes
Antes de iniciar un juicio laboral en Uruguay, la ley exige que se realice una instancia de conciliación prejudicial ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Esta audiencia se realiza en las oficinas del MTSS de Montevideo o del interior del país, y busca —en un entorno administrativo— negociar una salida rápida, económica y efectiva al conflicto laboral. El procedimiento está regulado por la Ley 18.572, modificada por la Ley 18.847, y es obligatorio para los reclamos laborales.
¿Qué es la conciliación prejudicial?
Es una instancia previa al juicio, donde el trabajador —asistido por abogado— presenta su reclamo por escrito, detallando los hechos, los rubros reclamados y sus montos. La empresa es citada a una audiencia con fecha y hora determinada. Allí, las partes tienen la oportunidad de:
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Llegar a un acuerdo que resuelva el conflicto.
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Negociar condiciones de pago o reconocer parte de lo reclamado.
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O dejar constancia de la negativa patronal y pasar a la vía judicial.
Todo lo que se resuelve en esa audiencia se documenta en un acta, que puede usarse como prueba en el juicio si no hay acuerdo.
¿Por qué es clave esta instancia?
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Es obligatoria. Sin esta audiencia, no se puede iniciar juicio laboral.
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Interrumpe la prescripción. La sola solicitud detiene el plazo de un año para reclamar, comenzándose a contar nuevamente, por única vez.
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Puede evitar un juicio. Más del 60 % de los conflictos se resuelven en esta etapa.
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Tiene fuerza ejecutiva. Si hay acuerdo, el acta tiene valor de sentencia judicial.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Redactamos y presentamos tu solicitud formal ante el MTSS.
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Preparamos el cálculo exacto de lo que te deben.
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Te representamos en la audiencia, con abogado especializado.
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Negociamos por vos con firmeza, pero también con estrategia.
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Si no hay acuerdo, dejamos el camino abierto para ir a juicio.
Te mantenemos informado en todo momento y te acompañamos en cada paso.
La conciliación es el primer paso para que tu reclamo empiece a tomar forma legal.
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6.2 – a) En qué consiste el trámite
6.2 – b) Qué pasa en la audiencia
Aquí te explicamos cómo se desarrolla y qué debés saber. Una vez presentada la solicitud de conciliación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) convoca a una audiencia administrativa entre las partes, con el objetivo de intentar resolver el conflicto sin necesidad de llegar a juicio. Este procedimiento está regulado por la Ley N.º 18.572, artículos 3 y 4, y se realiza en Montevideo o en el interior del país, según corresponda.
¿Cómo se fija y qué contiene la audiencia?
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La audiencia es señalada para día y hora determinados, notificándose al empleador de la citación.
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En su celebración, se labra un acta oficial, donde deben constar:
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Los datos identificatorios de ambas partes.
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Los domicilios constituidos.
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Los rubros y montos reclamados.
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La respuesta del empleador (pago, rechazo o propuesta).
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El resultado de la audiencia: acuerdo, negativa o incomparecencia.
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Si el empleador alega que un tercero es responsable (por ejemplo, en casos de tercerización), debe individualizarlo en ese momento. Su omisión genera consecuencias procesales posteriores.
¿Qué efectos tiene el acta?
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Si hay acuerdo total o parcial, se deja constancia en el acta y esta tiene valor de título ejecutivo, o sea, se puede ejecutar judicialmente si no se cumple.
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Si no hay acuerdo, se deja constancia de la negativa y el trabajador queda habilitado para iniciar juicio laboral.
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Si el empleador no comparece, se presume su falta de voluntad de conciliar, lo que puede jugar en su contra en el proceso posterior.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Te representamos ante el Ministerio de Trabajo con abogado especializado en Derecho del Trabajo.
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Nos encargamos de la exposición técnica de tu reclamo, incluyendo base legal, cálculo actualizado y fundamentos del caso.
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Negociamos por vos de forma firme y estratégica, y si no hay acuerdo, dejamos todo listo para el juicio.
Vos no necesitás hablar ni enfrentarte al empleador. Nuestro equipo se encarga de todo. La audiencia es una oportunidad clave para cerrar tu reclamo sin pasar por juicio. Pero si no hay acuerdo, te habilita a seguir con todo.
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La audiencia de conciliación ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) es el primer paso formal en tu reclamo laboral. Es una instancia obligatoria previa al juicio —regulada por la Ley 18.572— que puede terminar de diferentes formas: con acuerdo, sin acuerdo, o sin comparecencia de la empresa. Cada una de estas situaciones tiene consecuencias jurídicas concretas y deja una constancia por escrito en el acta oficial. Saber qué puede pasar en esta etapa te ayuda a prepararte mejor y a tomar decisiones con respaldo legal y estrategia clara.
1. Acuerdo entre las partes
Si el empleador asiste y ofrece una propuesta aceptable —parcial o total—, podés cerrar el reclamo en esa instancia.
El acuerdo:
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Se documenta en un acta firmada por ambas partes.
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Tiene valor de título ejecutivo: si la empresa no cumple, podés ejecutarlo judicialmente.
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Implica renuncia a seguir reclamando judicialmente por los mismos conceptos.
Por eso es clave que el acuerdo esté bien calculado y bien redactado. En JuicioLaboral.uy lo preparamos con base técnica, cuidando tus derechos y maximizando el resultado.
2. Negativa del empleador
Si la empresa:
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Niega los hechos,
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Rechaza todos los rubros, o
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Ofrece algo simbólico, muy por debajo de lo justo,
se deja constancia en el acta de la negativa patronal, y quedás habilitado para iniciar juicio laboral inmediato. Esta negativa, bien documentada, refuerza tu posición en el proceso judicial, sobre todo si el empleador ni siquiera revisó el cálculo o no ofreció razones válidas.
3. Incomparecencia de la empresa
Si el empleador no se presenta a la audiencia, se deja constancia de su ausencia en el acta. Esto no anula el trámite: al contrario, habilita el juicio laboral e incluso puede jugar en contra de la empresa si se valora su falta de voluntad de diálogo. Además, interrumpe la prescripción, aunque no haya acuerdo.
¿Qué contiene el acta del MTSS?
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Datos del trabajador y del empleador.
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Domicilios constituidos para futuras notificaciones.
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Detalle de rubros y montos reclamados.
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Respuesta del empleador (reconocimiento, rechazo, incomparecencia).
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Resultado de la audiencia: acuerdo, no acuerdo o sin presencia.
Este documento es esencial para continuar el reclamo se incorpora como prueba en juicio.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Te representamos en la conciliación y revisamos el acta.
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Calculamos los montos con exactitud y preparamos la estrategia.
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Si no hay acuerdo, dejamos todo listo para juicio sin perder tiempo.
La audiencia puede resolverlo todo. Pero si no, el acta es tu puerta de entrada al juicio.
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6.2 – c) Acuerdos, negativas y actas
6.3 – a) Cómo armamos tu caso
Cuando la conciliación en el MTSS no tiene resultado, el siguiente paso es el juicio laboral. Pero no se trata simplemente de presentar un formulario: cada caso debe ser preparado con estrategia, precisión jurídica y prueba sólida. En JuicioLaboral.uy, organizamos todo de forma técnica y profesional para que tu reclamo se sostenga ante el juez, sin que vos tengas que ocuparte del proceso.
¿Cómo se construye un buen caso?
1. Revisión completa del vínculo laboral
Analizamos tu historia laboral, fechas de ingreso y egreso, modalidad de pago, categoría real vs. registrada, jornada, descansos y demás condiciones. A partir de eso, definimos los rubros a reclamar con base en laudo, ley y doctrina.
2. Identificación de incumplimientos patronales
Determinamos si hubo despido injusto, diferencias salariales, horas extras impagas, aportes omitidos, falta de categoría, acoso, enfermedad, accidente, enfermedad o cualquier otra causal relevante.
3. Recolección y organización de pruebas
Reunimos todos los documentos, mensajes, recibos, transferencias, certificados, capturas y testigos. La prueba es ordenada por fecha y valor probatorio, como exige la Ley N.º 18.572.
4. Cálculo técnico de los montos reclamables
Hacemos una liquidación precisa y ajustada al salario real, incluyendo: indemnización, licencia, aguinaldo, vacacional, multa legal, IPC, intereses, y daños cuando corresponda. Si el empleador pagó parcialmente, descontamos lo cobrado.
5. Redacción jurídica del caso
Armamos un relato claro y coherente de los hechos, estructurado según la ley, la doctrina y las exigencias de la jurisprudencia laboral actual. Cada rubro se fundamenta con respaldo legal y jurisprudencial.
6. Presentación de la demanda
Una vez que está todo listo, presentamos la demanda ante el Juzgado competente. A partir de allí comienza el juicio formal.
¿Qué necesitás vos?
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Que nos cuentes tu historia de forma clara y sincera.
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Que nos aportes la documentación y nombres de testigos que tengas.
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Que firmes la demanda para que podamos representarte legalmente.
Del resto nos ocupamos nosotros.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Preparamos cada juicio de forma profesional, sin improvisaciones.
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Cuidamos cada detalle probatorio y procesal.
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Optimizamos tu caso para tener el mejor resultado posible en juicio.
Un buen juicio empieza con una preparación seria. Tu caso vale más cuando está bien armado.
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6.3 – b) Qué pruebas pesan más ante el juez
En un juicio laboral, no todas las pruebas tienen el mismo peso. El juez evalúa los hechos conforme al principio de la primacía de la realidad, pero exige orden, coherencia y credibilidad. Por eso, además de reunir todo lo que tengas, es fundamental presentar una estrategia probatoria sólida. En juiciolaboral.uy, seleccionamos y organizamos las pruebas que más pesan en la práctica judicial uruguaya.
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1. Documentación que acredite pagos, horarios, tareas o vínculo
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Recibos de sueldo, aunque sean incompletos.
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Transferencias bancarias que respalden pagos.
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Historia laboral del BPS: muestra si estuviste registrado y por cuánto.
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Contratos de trabajo, notas internas, planillas, correos.
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Cualquier documento que confirme la relación laboral, sus condiciones o los incumplimientos.
2. Prueba electrónica: mensajes, audios, correos
La jurisprudencia reconoce el valor de la prueba digital si es auténtica y coherente:
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Capturas o historial de chat de WhatsApp, Messenger, mails o SMS, donde se evidencien órdenes, turnos, pagos, amenazas, cambios de tareas, etc.
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Audios o grabaciones, si fueron obtenidos sin violar derechos de terceros.
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Fotos con fecha y hora que prueben tu presencia en el lugar o el tipo de tareas realizadas.
Esta prueba puede ser clave, especialmente cuando no hay recibos formales o el empleador niega el vínculo real.
3. Testigos directos del vínculo laboral
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Compañeros de trabajo, proveedores, clientes o vecinos del lugar que puedan declarar sobre tu ingreso, jornada, tareas, salario o despido.
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Testigos que hayan presenciado maltratos, enfermedades, accidentes, despido verbal o acoso.
La prueba testimonial tiene alto valor, pero debe estar bien seleccionada: el juez evalúa su imparcialidad, claridad y coherencia.
4. Certificados médicos, constancias del BSE o BPS
En casos de enfermedad común, accidente laboral, embarazo o despidos especiales:
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Certificados de salud y licencias médicas.
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Constancias del Banco de Seguros del Estado.
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Altas médicas y presentaciones ante el empleador.
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Reintegros rechazados o cambios de tareas no compatibles.
Estas pruebas permiten acreditar protección legal específica y configurar reclamos agravados.
5. Actas del MTSS, denuncias previas y constancias de incomparecencia
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El acta de conciliación del MTSS es prueba directa del reclamo y de la conducta del empleador.
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Denuncias en la Inspección General del Trabajo también suman, sobre todo si hubo fiscalización.
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La incomparecencia patronal en conciliación juega en contra del empleador si luego niega los hechos.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
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Organizamos tus pruebas según su peso procesal.
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Seleccionamos testigos estratégicos.
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Armamos un expediente coherente, riguroso y ajustado a la ley.
No alcanza con tener razón: hay que poder probarla.
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6.3 – c) Tus garantías en la demanda
Iniciar una demanda laboral no es solo presentar un escrito. Es poner en marcha un proceso judicial que, si está bien preparado, puede darte una resolución justa, rápida y favorable. En JuicioLaboral.uy, diseñamos cada caso con técnica, experiencia y estrategia, cuidando tus garantías procesales, tu tranquilidad y tu posibilidad real de cobrar.
La Ley N.º 18.572 regula un proceso laboral gratuitol, ágil y garantista, donde el trabajador cuenta con herramientas efectivas para probar y reclamar. Si tu caso está bien armado, tus derechos están protegidos y tu reclamo tiene chances reales de prosperar.
¿Qué garantías tenés como trabajador en juicio?
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Carga probatoria flexible: si el empleador no registra o documenta, el juez puede presumir a tu favor.
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Audiencia oral única: el proceso es directo, sin años de espera ni trámites interminables.
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Facultades ampliadas del juez laboral: puede ordenar pruebas de oficio, sancionar conductas dilatorias y ajustar el fallo a lo realmente probado.
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Primacía de la realidad: lo que importa es lo que ocurrió en los hechos, no lo que dice el papel si contradice la verdad.
¿Qué aseguramos en JuicioLaboral.uy?
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Demanda técnica, bien fundamentada y ordenada.
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Selección estratégica de pruebas y testigos.
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Cálculos precisos, actualizados con IPC, intereses y multas.
-
Planteo jurídico sólido, sin errores de fondo ni de forma.
-
Seguimiento completo, desde la demanda hasta la sentencia o acuerdo.
Un caso bien armado no solo aumenta tus chances de ganar, sino también de cobrar más rápido y sin apelar innecesariamente.
En JuicioLaboral.uy, con nuestro equipo de abogados laborales en Uruguay:
-
Tu caso no es un número más: lo preparamos como si fuera el único.
-
Nos ocupamos del expediente, las audiencias, la prueba y los plazos.
-
Te asesoramos antes, durante y después de cada instancia.
Un juicio laboral bien planteado es tu mejor garantía para recuperar lo que te deben
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