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¿Sos trabajadora de limpieza y te deben horas extra? Esto podés reclamar

  • Foto del escritor: Dra. Lorena Vázquez
    Dra. Lorena Vázquez
  • 14 mar
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 30 jul

foto de trabajadora de limpieza haciendo horas extra

Muchas trabajadoras de limpieza en Uruguay cumplen jornadas superiores al límite legal sin que les paguen las horas extra correspondientes. Esto ocurre especialmente cuando no se controla el horario real, no se firma planilla o la empresa omite registrar el tiempo efectivo de trabajo. Sin embargo, la ley laboral uruguaya protege tu derecho a cobrar cada hora extra trabajada, incluso si no firmaste nada.


¿Qué dice la ley sobre jornada y horas extra?

La Ley 15.996 y su reglamentación (Decreto 550/989) disponen que cuando un trabajador del sector servicios supera el límite de 44 horas semanales o 8 horas diarias, esas horas deben pagarse con un 100 % de recargo. Es decir, se cobra doble por cada hora extra en días hábiles.


Esto aplica tanto a empleadas registradas como a quienes trabajaban sin recibos o sin control horario, siempre que se pueda demostrar la realidad del vínculo y la jornada cumplida.


¿Cómo probar que hiciste horas extra?

En el proceso laboral rige la presunción favorable al trabajador, el empleador tiene la carga de llevar la documentación exigida por el Decreto 278/017: planillas horarias, recibos y registros firmados. Si el patrón no presenta esta documentación, se presume que lo que diga el trabajador es cierto, siempre que sea razonable y esté apoyado por otros indicios sólidos.


Los indicios que más valoran los jueces son:

  • Mensajes o chats donde se fijan horarios.

  • Testigos que corroboren tu rutina.

  • Declaraciones de excompañeros.

  • Fotografías o cámaras de ingreso y salida.

  • Contradicciones del empleador o recibos incompletos.


Además, si tu jornada era de más de 8 horas diarias, continua y sin descanso, se pueden sumar también reclamos por descanso intermedio no otorgado (media hora por día).


Caso típico: limpieza en residencial o empresa tercerizada

Muchos casos judiciales muestran un patrón común: mujeres que trabajan en residenciales, empresas de limpieza o servicios tercerizados, cumpliendo jornadas de 10 a 12 horas, cinco o seis días a la semana. Sin planilla, sin pago de horas extra, y cobrando solo un sueldo básico. Cuando son despedidas o renuncian agotadas, pueden reclamar judicialmente el pago retroactivo de las horas extra omitidas, con intereses, multa e indemnización.


¿Cómo se calcula lo que te deben?

Si, por ejemplo, trabajaste 10 horas diarias de lunes a viernes, generaste 2 horas extra por día, es decir 10 horas extra semanales. Si eso se repitió durante 12 meses, podés reclamar más de 500 horas extra, con valor doble.

Un cálculo básico sería:

  • Sueldo nominal / 30 días / 8 horas = valor hora normal.

  • Valor hora x 2 (por recargo 100 %) = valor hora extra.

  • Valor hora extra x horas trabajadas = total reclamable.

También podés incluir reclamos por descansos no gozados, feriados trabajados, y diferencias de salario si no se te aplicó correctamente el laudo.


Conclusión

Si sos trabajadora de limpieza y tu jornada superaba las 8 horas diarias, no renuncies a tus derechos. Aunque no hayas firmado nada, la ley está de tu lado. Podés reclamar cada hora extra trabajada, con recargo, intereses y multa, y con pruebas realistas que respalden tu palabra.


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