top of page

Aguinaldo mal calculado: cómo detectarlo y reclamar lo que falta

  • Foto del escritor: Dr. Claudio Andrés Cáceres Mendilez
    Dr. Claudio Andrés Cáceres Mendilez
  • 1 ago 2025
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 27 dic 2025

Manos sosteniendo un papel con el título "Aguinaldo", usando calculadora sobre planillas laborales.
El aguinaldo se paga en dos mitades al año y debe incluir todas las remuneraciones devengadas. Excluir horas extra, comisiones o pagar montos netos en vez de brutos son errores comunes.

El aguinaldo —también llamado “sueldo anual complementario”— es un derecho de todo trabajador dependiente del sector privado en Uruguay. Se paga dos veces al año y debe calcularse correctamente en base a todos los rubros salariales devengados dentro de los períodos establecidos por la ley.

Muchos empleadores, sin embargo, realizan liquidaciones erróneas al excluir partidas, tomar montos incorrectos o aplicar criterios ilegales. Si cobraste menos de lo que corresponde, podés reclamar la diferencia.


¿Cuál es la base legal del aguinaldo?

La regulación principal está en la Ley N.º 12.840, que establece la obligatoriedad del aguinaldo como una remuneración adicional, y en normas complementarias como el Decreto-Ley N.º 14.525, que habilitó el fraccionamiento en dos pagos semestrales.

El artículo 1.º de la ley establece que el aguinaldo es equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que haya devengado el trabajador durante el año civil.

Actualmente, su pago se realiza en dos mitades anuales, pero los períodos de cómputo no coinciden con los calendarios de pago. Son los siguientes:

  • Para el pago del 20 de diciembre: se computan los haberes devengados del 1.º de junio al 30 de noviembre.

  • Para el pago del 30 de junio: se computan los haberes devengados del 1.º de diciembre anterior al 30 de mayo.


¿Qué incluye el cálculo del aguinaldo?

Se computa sobre el total de las remuneraciones devengadas en el período correspondiente. Es decir:

✔ Sueldo base

✔ Horas extras

✔ Comisiones

✔ Primas o beneficios fijos

✔ Descansos pagos

✔ Trabajo nocturno

✔ Remuneraciones variables habituales

No corresponde excluir pagos por estar “fuera de planilla” si fueron parte de una contraprestación laboral regular. Así lo sostiene la doctrina nacional en tanto las sumas percibidas periódicamente por trabajo deben considerarse salario a todos los efectos, incluyendo el cálculo del aguinaldo.


Errores frecuentes en la liquidación del aguinaldo

Entre los errores más comunes cometidos por empleadores se encuentran:

  • Excluir horas extras, comisiones u otras partidas habituales.

  • Calcular el aguinaldo sobre montos líquidos en lugar de montos brutos, descontando tributación dos veces.

  • Ignorar pagos en negro o fuera de recibo.

  • No pagar proporción correspondiente en caso de despido o renuncia.

  • Omitir los períodos exactos de cómputo legal.

Estos errores afectan directamente el monto y constituyen una omisión remuneratoria reclamable por vía administrativa o judicial con abogados laborales.


¿Cómo detectar si te pagaron menos?

  1. Reuní tus recibos de sueldo del período de cómputo correspondiente.

  2. Sumá el total bruto devengado en ese período.

  3. Dividí ese total entre 12.

  4. Compará el resultado con el monto efectivamente abonado como aguinaldo.


Ejemplo: si entre el 1.º de diciembre y el 30 de mayo cobraste $240.000 brutos, tu aguinaldo (a pagar el 30 de junio) debió ser $20.000. Si cobraste menos, corresponde reclamar la diferencia.


¿Qué hacer si detectás un error?

  1. Conservá todos los recibos, transferencias o pruebas de pago.

  2. Calculá el monto correcto que debiste cobrar.

  3. Intentá una comunicación inicial con el empleador.

  4. Si no hay respuesta o niega el pago, podés asesorarte con un abogado laboral e iniciar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo.

Recordá que la Ley N.º 18.572 exige pasar por una audiencia de conciliación allí, previa a iniciar un juicio.


¿Prescribe (vence o caduca) el derecho a reclamar aguinaldo mal calculado?

Sí, pero es importante distinguir dos conceptos:

  • Prescripción del crédito laboral: es quinquenal (5 años).

  • Prescripción de la acción judicial: es anual desde el egreso.

👉 Esto significa que si aún estás trabajando, podés reclamar diferencias de aguinaldos de hasta 5 años atrás. Si fuiste despedido o renunciaste, el plazo para iniciar juicio es de 1 año desde la finalización del vínculo.


¿Y si no llegué a cobrar porque me despidieron antes?

El aguinaldo se devenga proporcionalmente. Si fuiste despedido o renunciaste antes del 30 de junio o del 20 de diciembre, te corresponde una parte proporcional del aguinaldo, que debe incluirse en la liquidación final. Si no te lo pagaron, también podés reclamar.


Conclusión

El aguinaldo es un derecho irrenunciable y mal liquidarlo implica una deuda salarial. Con prueba suficiente, podés reclamarlo ante el Ministerio de Trabajo o por vía judicial.


Reclamá ahora con nuestros abogados laborales en Montevideo, Uruguay.

Honorarios: 22 % si conciliamos — 33 % si ganamos en juicio.

Solo pagás si cobrás.



bottom of page